El pasado pleno el Grupo Popular Municipal, presento
una moción, por el procedimiento de urgencia, para conseguir que el suelo
urbanizable no desarrollado tenga la consideración de rustico a efectos de
impuesto por lo que el ahorro para los titulares es considerable y la sorpresa
fue que el equipo de gobierno, socialistas, republicanos y podemos, votaron en
contra, según critica el Grupo Municipal del PP en un comunicado.
El motivo de la urgencia está más que justificado,
aseguran los concejales populares, con el hecho de que los suelos que se acojan
a esta medida serán calificados como rústicos y el nuevo valor tendrá efecto
desde el 1 de enero del año en que se inicie el procedimiento. De ahí la urgencia
para que se inicie el expediente y los segorbinos en 2015 puedan ver aplicada
esta nueva Ley y el coste sea mucho más inferior, es decir el 20% del valor y
no el 80% que tributa lo urbano.
La importancia se justifica porque puede afectar a
muchos propietarios que están cotizando por encima de lo que permite esta Ley.
Además este cambio de clasificación del suelo urbanizable a rustico solo es
afectos de tributación, nada influye en su condición para el desarrollo
urbanístico.
También es importante, según los populares porque
estas modificaciones se pueden realizar, ahora, mediante un procedimiento
simplificado de valoración colectiva, es decir en un solo expediente se pueden
incluir todas las parcelas y en una única resolución se obtiene el cambio.
Las consecuencias automáticas y beneficiosas para el
ciudadano de esta moción, si se hubiese admitido por los socialista y demás
grupos, según explica el concejal del PP, Vicente Hervás, es una disminución
del IBI, del Impuesto Municipal del Incremento del Valor de los Terrenos, la
disminución del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de Sucesiones y
Donaciones y finalmente una disminución de la base imponibles a afectos de IRPF
y del impuesto sobre el Patrimonio.
Para que todo esto hubiera sido posible, apuntó
Hervás, el equipo de gobierno tenía que haber aprobado la urgencia de la
moción, y remitir toda la información al Catastro de la situación urbanística
de los suelos urbanizables con objeto de que puedan pasar a rústicos a efectos
catastrales, con la nueva Ley.